domingo, 29 de marzo de 2009

TEMA III (OPERACIONES DE LOS BANCOS COMERCIALES)

OPERACIONES DE LOS BANCOS COMERCIALES
A) Definición-Conceptos:

Según lo indicado por ACEDO (1999), “Se llaman operaciones Activas aquellas por medio de las cuales los bancos invierten el dinero que han obtenido de sus clientes, a través de los depósitos bancarios u operaciones pasivas. En las operaciones activas los bancos se convierten en acreedores de sus clientes. Estas operaciones activas son de carácter esencialmente comercial; de aquí las estrechas relaciones que existen entre la banca y el comercio”.

Según ACEDO (1999), “ Son Operaciones Pasivas de la banca aquellas mediante las cuales los bancos adquieren dinero suficiente para sus necesidades en el mercado. Las principales operaciones pasivas de la banca son las siguientes: Depósitos, Venta de giros, Venta de títulos, Emisión de bonos de renta, Redescuentos pasivos, Anticipos Pasivos, Reportes pasivos. Estos esquemas resumen, en diferentes denominaciones, la casi totalidad de las operaciones pasivas de la banca u operaciones de obtención de fondos”.

Para Julio Torres (2006), “La operaciones Activas son aquellas que tienen por objeto colocar o invertir los fondos obtenidos del publico. Generalmente la operaciones activas deben producir entradas o ingresos al banco que las realiza.”

Para Julio Torres (2006), “La operaciones pasivas son aquellas que tienen por finalidad recabar u obtener fondos del publico y generalmente representan costo para el banco o instituto de crédito. En las operaciones pasivas los depósitos constituyen la operación principal de entrada de dinero en la banca”.

El Artículo 1 de la Ley del Banco Central de Venezuela, “El Banco Central de Venezuela es una persona jurídica de derecho público, de rango constitucional, de naturaleza única, con plena capacidad pública y privada, integrante del Poder Público Nacional”.


B) Desarrollo del tema:

Las operaciones activas representan las entradas de los bancos, entre ellos se encuentran las siguientes:

Concesión de pagares. Son instrumentos negociables o titulo-valor por medio del cual una persona. Llamada “emitente”, se compromete a pagar a otra, llamada “beneficiario” una cantidad de dinero en un plazo determinado. El pagare se acepta generalmente en un corto plazo entre 90 y 180 días. Se puede renovar mediante prórrogas, siempre que no pase de los tres años establecidos por la ley.

Anticipos. Son operaciones activas por medio de las cuales los bancos otorgan un crédito a una empresa o a una persona natural a cambio de que estos entreguen en garantías titulo-valores por un valor superior al crédito solicitado. En otros términos, al cliente se le acredita una determinada cantidad de dinero y este transfiere al banco, en calidad de garantía prendaría, los títulos o valores convertidos.

Descuentos. En el comercio y la industria es común que el empresario que vende su mercancía reciba como pago dinero en efectivo. A veces, dependiendo de la política de la empresa, puede recibir letras de cambios, pagares u otros documentos en los cuales el comprador se compromete a pagar una cantidad de dinero en una fecha determinada. Puede suceder que la empresa vendedora tenga en cartera una gran cantidad importante de letras o pagares, y que simultáneamente requiera de capital para sus operaciones ordinarias. En tal caso se puede recurrir al banco de que es cliente y solicitar el descuento de esos títulos mediante la cesión o transferencia de esos mismo al banco. Una vez analizadas las condiciones del cliente y de los títulos presentados puede aceptar la operación concediendo al cliente solicitante una cantidad de dinero llamado “valor actual” equivalente al nominal de los documentos aceptados menos una comisión. Esta operación típica del descuento, y se nombra así porque se llama de esta manera a la comisión que el banco cobra, en otros términos, el descuento se define también como la adquisición al contado de un crédito a plazo.

Líneas de Crédito. Facilidad crediticia que el banco concede a un cliente, suficientemente conocido, para que vaya utilizando dichos fondos a medidas que sus necesidades de efectivo los vaya requiriendo. Se hace mediante la firma, en cada caso, de un pagare o una letra de cambio. Esta operación permite al cliente utilizar hasta el monto concedido en la línea de crédito sin tener que solicitar al banco una operación de crédito cada vez que necesite de recursos financieros. Generalmente las líneas de créditos se otorgan por el periodo de 1 año renovable por igual termino o por 180 días.

Créditos en cuenta corriente. Estos créditos están autorizados por la ley y se les llama también “giros en descubierto”. Se caracterizan por ofrecer al cliente una determinada cantidad de dinero que puede ser girada contra su cuenta corriente, aunque en esta no aparezca esa cantidad como deposito efectivo. Aquellos créditos en cuenta corriente o de giro al descubierto que no dispongan de una garantía por parte del beneficiario no podrá exceder de 8% del total activo del banco.

Créditos al sector agropecuario. El ejecutivo nacional ha fijado un monto mínimo de la cartera de crédito que deben orientarse hacia el sector agropecuario, el cual se extiende a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y forestales. Los créditos se otorgan con un plazo hasta de 10 años con garantía real y con intereses preferenciales. Estos no pueden ser mayores al 85% del interés promedio de los créditos otorgados por los 6 principales bancos del país en los últimos 90 días. Los bancos que incumplan la obligación de colocar en este sector el porcentaje establecido, deberán pagar un interés o canje en el Banco Central de Venezuela, quien lo fijara de acuerdo al monto no cubierto de tales obligaciones.

Otros créditos. Para el equipamiento o dotación de la planta física de las instalaciones o servicios turísticos, hasta por un plazo de 5 años. Para el financiamiento de la cuota inicial de la vivienda del prestatario, con plazos hasta de 5 años y garantía real hasta segundo grado de sus prestaciones sociales o fondos de ahorro. El monto total de estos créditos no debe exceder del 15% de las colocaciones del banco.

Inversiones en valores e inmuebles. De acuerdo con el articulo 34 de la ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, los bancos comerciales están autorizados para realizar inversiones en títulos o valores, y a permitir su venta según las condiciones del mercado y la conveniencia de esas instituciones.

Las operaciones pasivas representan obligaciones para los bancos, entre ellos se encuentran las siguientes:

Depósitos a la Vista. Se conocen también como depósitos en cuenta corriente y su característica especial radica en que los fondos depositados en ella se movilizan por medio de cheques. Ocasionalmente una cuenta corriente se puede movilizar por medio de carta-autorización por el titular de la cuenta, o se podrá movilizar a través de ordenes de pago, o por cualquier medio electrónico de pago aplicado al efecto. La cuenta corriente constituye la clase de dinero mas utilizada en los países desarrollados.

Depósitos de ahorro. Igualmente son depósitos a la vista, pero no son movilizados por los cheques. Requieran de una libreta especialmente diseñada en donde se registran los depósitos, lo retiros, los interés devengados y cualquier otra operación que se haya solicitado. Son nominativos y pueden ser abiertos por cualquier persona natural mayor de edad o por personas jurídicas, sociedades civiles y mercantiles.

Depósitos a plazos. Son colocaciones con montos mínimos de 250 bolívares a un plazo no menor de 3 días. Se documentan por certificados negociables o no y sus características principales las dejaremos descritas al referirnos a los instrumentos negociables. Estos tienen garantía quirografaria de la institución que los emite y Fogade hasta por 10 mil bolívares.

Depósitos especiales. Hay cuatro tipos de operaciones especiales, depósitos, judiciales, en garantías de terceros (alquileres), aceptaciones bancarias, y bonos de ahorro. Los depósitos judiciales son aquellos efectuados por entes judiciales, con el propósito de custodiarlos mientras dure algún juicio; En garantía de terceros son depósitos que por falta de confianza entre un arrendador con el arrendatario, aquel prefiera utilizar a un banco para custodiar el deposito durante la vigencia del contrato de arrendamiento; Las aceptaciones bancarias son aquellos depósitos en custodia que sirven para soportar una transacción bancaria y los bonos de ahorro a una serie de instrumentos negociables que fueron utilizados como títulos valores para captar recursos emitidos básicamente por los banco hipotecarios, entre ellos tenemos las cedulas hipotecarias, los certificados de ahorros y los bonos quirografarios.

El reparto pasivo. Es una operación en virtud de la cual el Banco Central, que se llama”reportador”, adquiere por una suma de dinero la propiedad de titulo-valores de un banco u otra institución financiera. Se obliga entonces a transferir a la persona o entidad que los entrega, y que se llama “reportado” la propiedad de otros tantos títulos de créditos o valores de la misma especie en el plazo convenido.

Depósitos en monedas extranjeras. Los bancos comerciales pueden recibir estos depósitos a la vista o a plazo no mayor de un año, pero en ningún caso pueden los depositantes disponer de sus saldos acreedores en billetes o en moneda extranjera. Podrán efectuar retiros totales o parciales en moneda de curso legal al tipo de cambio del día o mediante transferencia o cheque del banco depositario girado sobre sus corresponsales en el exterior.

PAPEL DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Y SU ROL REGULADOR Y EMISOR MONETARIO NACIONAL.
El Capitulo III Del objetivo y Funciones (Artículos 5,6 y 7) de la Ley del Banco Central de Venezuela cita:

Artículo 5. El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor de la moneda.

El Banco Central de Venezuela contribuirá al desarrollo armónico de la economía nacional, atendiendo a los fundamentos del régimen socioeconómico de la República.

Artículo 6. El Banco Central de Venezuela colaborará, a la integración latinoamericana y caribeña, estableciendo los mecanismos necesarios para facilitar la coordinación de políticas macroeconómicas.

Artículo 7. Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá a su cargo las siguientes funciones:

· Formular y ejecutar la política monetaria.
Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.
Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.
Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.
Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.
Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.
Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.
Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.
Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.
Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo Monetario Internacional, según lo previsto en los acuerdos correspondientes y en la ley.
Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.
Compilar y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.
Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley.
Así mismo, El Titulo VII Capitulo I, el cual se refiere al Sistema Monetario Nacional (Artículos 94 al 108) de la Ley del Banco Central de Venezuela cita:

Artículo 94. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar. En caso de que se instituya una moneda común, en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la República.

Artículo 95. Corresponde al Banco Central de Venezuela el derecho exclusivo de emitir billetes y de acuñar monedas de curso legal en todo el territorio de la República. Ninguna institución, pública o privada, cualquiera que sea su naturaleza, podrá emitir especies monetarias.

Artículo 96. Las monedas y los billetes emitidos por el Banco Central de Venezuela tendrán las denominaciones, dimensiones, diseños y colores que acuerde el Directorio.

Para la acuñación de las monedas, el Banco Central de Venezuela queda facultado para emplear el metal o la aleación de metales que considere más apropiados y convenientes, de acuerdo con su valor, resistencia y demás propiedades intrínsecas, así como para fijar el peso y ley de las mismas.
Artículo 97. Los elementos originales usados en los procesos de producción de billetes y monedas del Banco Central de Venezuela serán inventariados y posteriormente destruidos, según los procedimientos y respetando las medidas de seguridad que a tal efecto se establezcan. No tendrá lugar esta destrucción cuando, para su archivo y posible exhibición, así lo decida el Directorio del Banco Central de Venezuela. En estos casos se guardarán con la custodia necesaria.

Artículo 98. El Banco Central de Venezuela podrá acuñar monedas con fines numismáticos o conmemorativos, a cuyo efecto queda en libertad de establecer las características de la emisión y su forma de distribución o comercialización.

Artículo 99. El Banco Central de Venezuela regulará la acuñación y el comercio de las monedas con fines numismáticos, conmemorativos o de otro carácter.

Artículo 100. El Banco Central de Venezuela podrá producir especies valoradas no monetarias y otros instrumentos de seguridad, cuyo diseño y demás características provendrán de la propia institución o de terceros.

Artículo 101. El Banco Central de Venezuela sólo podrá poner en circulación billetes y monedas metálicas a través de la compra de oro, divisas y la realización de las demás operaciones autorizadas por la presente Ley.

Artículo 102. Las monedas y billetes que regresen al Banco por la venta de oro, de divisas o de otros activos o en pago de créditos, quedarán retirados de la circulación y no podrán volver a ella sino en virtud de nuevas operaciones especificadas en el artículo anterior.

Artículo 103. El Banco Central de Venezuela deberá organizar en todo el territorio nacional los servicios necesarios para asegurar la provisión de billetes y monedas, y para facilitar al público el canje de las especies monetarias de curso legal por cualesquiera otras que representen igual valor.

Los bancos y demás instituciones financieras autorizados para recibir depósitos en moneda nacional estarán obligados a la prestación, en sus distintas oficinas, sucursales o agencias, del servicio de canje de especies monetarias, de acuerdo con las normas que al efecto dicte el Banco Central de Venezuela.

Con el fin de prevenir la escasez de monedas fraccionarias y garantizar el adecuado servicio, el Banco Central de Venezuela podrá requerir que los bancos e instituciones financieras mantengan a disposición del público, en sus distintas oficinas, sucursales o agencias, existencias mínimas de monedas metálicas en las cantidades que el Banco Central de Venezuela determine para cada clase de moneda, entendiéndose que dichos bancos o instituciones deberán restablecer inmediatamente las existencias mínimas requeridas para satisfacer la demanda del público, que deberá, en todo caso, ser atendida.

Artículo 104. Las monedas y billetes emitidos por el Banco Central de Venezuela tendrán poder liberatorio sin limitación alguna en el pago de cualquier obligación pública o privada, sin perjuicio de disposiciones especiales, de las leyes que prescriban pago de impuestos, contribuciones u obligaciones en determinada forma y del derecho de estipular modos especiales de pago

Artículo 105. El Banco Central de Venezuela puede disponer la desmonetización de toda o parte de las emisiones de moneda en circulación, reembolsando a los tenedores el valor de las especies objeto de la medida.

Artículo 106. La importación, exportación o comercio de monedas venezolanas, o extranjeras de curso legal en sus respectivos países, están sujetas a las regulaciones que establezca el Banco Central de Venezuela.

Artículo 107. No son de obligatorio recibo las monedas y los billetes perforados o alterados, ni los desgastados por el uso hasta haber perdido por ambas caras su respectiva impresión.

Artículo 108. Sin perjuicio de las disposiciones penales aplicables, las monedas y los billetes falsificados, dondequiera que se encuentren, serán incautados y puestos a disposición de la autoridad competente para que siga el juicio penal correspondiente. En la sentencia respectiva, el Tribunal mandará a destruir los instrumentos empleados para ejecutar el delito y entregará las monedas y los billetes falsificados al Banco Central de Venezuela para su inutilización y, en su caso, aprovechamiento de los materiales.

LAS TASAS DE INTERES
Artículo 49. El Banco Central de Venezuela es el único organismo facultado para regular las tasas de interés del sistema financiero. En el ejercicio de tal facultad podrá fijar las tasas máximas y mínimas que los bancos y demás instituciones financieras, privados o públicos, regidos por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras o por otras leyes, pueden cobrar y pagar por las distintas clases de operaciones activas y pasivas que realicen.

El Banco Central de Venezuela queda facultado para fijar las comisiones o recargos máximos y mínimos causados por las operaciones accesorias y los distintos servicios a los cuales califique como relacionados, directa o indirectamente, con las mencionadas operaciones activas y pasivas. El Banco podrá efectuar esta fijación aun cuando los servicios u operaciones accesorias sean realizados por personas naturales o jurídicas distintas de los bancos e instituciones de crédito. Queda igualmente facultado para fijar las tarifas que podrán cobrar dichos bancos o Institutos de crédito por los distintos servicios que presten. Las modificaciones en las tasas de interés y en las tarifas regirán únicamente para operaciones futuras.

Una tasa de interés es el precio pagado por un “prestatario” (o “deudor”) a un “prestamista (o “acreedor”) por el uso de recursos por algún tiempo. La cantidad del préstamo es el principal , y el precio pagado es un porcentaje del principal por unidad de tiempo (por lo general un año).
PRODUCTOS Y SERVICIOS QUE OFRECE DE LA BANCA
La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras del 2001 establece en su articulo 45 que los bancos universales, los bancos comerciales, los banco hipotecarios, los banco de inversión, las entidades de ahorro y préstamo, bancos de desarrollo y bancos de segundo piso podrán dedicarse, conforme a las disposiciones que los rigen y los reglamentos que dicte el ejecutivo nacional, a realizar actividades conexas con las bancarias o crediticias tales como:
Transferir fondos dentro del país. Los bancos (especialmente comerciales) tienen redes extensas de agencias en todo el país. Si una persona o particular desea transferirle a otra empresa o individuo cierta cantidad, los bancos prestan este servicio de transferencia, la cual puede ser telefónica (la mas común) o telegráfica.
Custodia de fondos, títulos y objetos de valor. Aquí el banco se obliga a cuidar y restituir el mismo fondo, titulo u objeto de valor que ha recibido. El banco recibe una comisión por este servicio que a veces se fija de acuerdo al valor del objeto entregado en custodia.
Prestar servicios de cajas de seguridad. Este servicio consiste en que el banco suministra una pequeña bóveda que tiene doble cerradura y llave: una, la custodia el banco, y otra, la conserva el cliente. El banco no conoce el contenido de esta caja y esta se abre simultáneamente.
Actuar como fiduciarios y ejecutar mandatos, comisiones y otros encargos de confianza. Se llama mandato a una operación en la cual una empresa o individuo representa a otra en un negocio . en esta clasificación entran las operaciones de fideicomiso y cobranzas.
Girar y transferir fondos en escala internacional. Esta operación es análoga a la venta de divisas con la que está muy relacionada. En transferencia de fondos a solicitud del cliente, el banco ordena a su agencia o corresponsal en el exterior que deposite o pague una determinada suma o cantidad a una determinada persona.
Compra y venta de cheques en moneda extranjera. Es la operación accesoria mas lucrativa o importante en la actualidad. En Venezuela el principal proveedor de divisas es el Banco Central de Venezuela. La mayor parte de las divisas con la que operan los bancos les es suministrada por el Banco Central. También operan con un alto porcentaje del mercado no oficial de divisas.
Compra y venta de billetes extranjeros e importación de oro amonedado o en barra. Esta operación es cuantitativamente mucho menos importante que la venta de cheques en moneda extranjera. Ya que usualmente los billetes son vendidos a un precio un poco superior al de las divisas documentadas en cheques contra banco de primeras clase en el exterior. En lo relativo a la compra y venta de oro amonedado o en barra, después de la creación del Banco Central, los bancos se desligaron de esta clase de operaciones.
La operaciones de los servicios bancarios corresponden a las actividades que desarrollan los bancos con el fin de ofrecer a sus clientes numerosos servicios, vinculados a la dinámica actual de los negocios. Esta presentación de servicios refuerza, en forma simultanea, la imagen de la institución en el publico usuario, permitiendo crear una mayor confianza y utilización de las operaciones bancarias.
Entre estos servicios se encuentran los siguientes:
· Otorgamiento de fianzas.
· Servir de agentes recaudadores de impuestos nacionales, estadales y municipales.
· Tarjeta de crédito.
· Cajero automático con múltiples usos.
· Autobanco.
· Conformación telefónica de cheques.
· Consulta telefónica de cheques y saldos.
· Pagos telefónicos y transferencias telefónicas.
· Pago de servicios de la luz eléctrica, teléfono, aseo urbano, colegios, condominios.
· Pago en el exterior de tarjeta de crédito, colegios, condominios.
· Servicio de redes bancarias integradas, como el caso de Conexus y Maestro.
El costo que representa estos servicios no permite su gratuidad por lo que las instituciones bancarias se ven en la necesidad de cobrar una comisión de acuerdo al tipo de actividad que se esta ofreciendo.
COMO ELEGIR UN INSTRUMENTO PARA COLOCAR FONDOS
Autor: Erre (12 de febrero de 2009)
Tema: Banca, Bolsa
Los fondos de inversión constituyen, en teoría, una atractiva alternativa para acometer inversiones en los diferentes mercados financieros. Los motivos por la que los inversores se sienten atraídos hacia ellos es que constituyen una forma de diversificar, pues los fondos se componen de acciones, bonos, pagarés de diferentes países, empresas y sectores y porque están gestionados por expertos.

Antes de contratar un fondo hay que considerar los siguientes aspectos:

1. Leer la política de inversiones del fondo para saber en qué tipo de activos se invierte (nacional, internacional o emergentes, pequeñas o grandes empresas, de qué sectores) y qué instrumentos utiliza para materializar la inversión.

2. Examinar el historial de los últimos cinco años del fondo y compare su evolución con respecto a la del mercado.

Después de cada caída, observe cuándo el mercado recupera el máximo anterior. Compare la evolución del fondo entre la fecha de la caída y la fecha de la recuperación del último máximo. Si el valor liquidativo del fondo es superior al que tenía en el anterior máximo significa que sube más que el mercado y que el gestor lo ha hecho bien y ha generado alpha o beneficio para usted. Esta es una regla muy simple pero funciona.

3. Elegir un fondo en el que la comisión de gestión esté ligada a la rentabilidad. Es lo que se denomina comisión de éxito y puede venir dada bien por obtener una determinada rentabilidad absoluta, bien por obtener mayor rentabilidad que el índice de referencia.

4. Si se invierte en fondos mixtos de renta variable y de renta fija asegurarse que se realiza una gestión activa de la renta fija y que ésta no se invierte únicamente en mercados monetarios (letras, pagares,...) pues si fuera así estaría pagando por una gestión que no se realiza.

Además teniendo en cuenta la fiscalidad actual, no resulta aconsejable invertir en fondos monetarios ya que existen alternativas con menor coste y mayor rentabilidad (repos, pagarés, depósitos), especialmente para patrimonios pequeños. Utilice un fondo monetario o de renta fija a corto plazo como refugio temporal de otros fondos al traspasarlos y así evitar la tributación por venta.
C) análisis de Grupo
Como hemos visto, la banca es un eje fundamental que permite el desenvolvimiento de la economía de un país ya que esta funciona como un puente e instrumento mediante el cual los diferentes factores de la economía interactúan entre si. Esta ofrece al publico general como los son personas naturales y jurídicas, empresas privadas y gobiernos una amplia gama de productos y servicios que hacen posible el desarrollo de diferentes actividades como son las importaciones y exportaciones, los prestamos para la creación y reactivación de empresas, prestamos para la adquisición de viviendas, pagos de servicios, adquisición de divisas, realizar aporte para el desarrollo de la industria agropecuaria en el país entre otras.

Es importante acotar que la banca no actúa sola, sino que esta sometida a una serie de leyes que regulan y vigilan su funcionamiento, Como lo es La Ley General de Bancos, Sudeban, M.P.P para las Finanzas y el Banco Central, este último tiene un importancia trascendental ya que este es el responsable de regular las tasas de intereses activas y pasivas apoyándose en los índices de los 6 principales bancos del el país, este banco central entre sus funciones tiene a cargo regular la cantidad de dinero que circula en el territorio nacional, administrar las reversas internacionales, así como auxiliar financieramente a otro banco cuando este afronte problemas financieros, es decir, el Banco Central funciona como un banco de bancos.

Ahora bien, la banca para poder ofrecer esa gran cantidad de productos y servicios esta envuelta entre las tasas activas y pasivas que como se menciono anteriormente son reguladas por el Banco Central de Venezuela; Siempre porcentualmente las tasas pasivas están por encima de las tasas activas. El diferenciar entre la tasa activa, que es la taza que los bancos cobran a sus clientes por los créditos que les otorgan y la tasa pasiva, es el porcentaje de interés que pagan los bancos a sus clientes sobre el monto de los depósitos a la vista y a plazo fijo. Ese diferencial entre la tasas activas y pasivas llamado (spred), es el margen con que operan los bancos y del que obtiene lo necesario para cubrir sus gastos operativos y generar las utilidades o dividendos que perciben los accionistas.

En fin la banca crea beneficios y es un instrumento fundamental en el desarrollo de cualquier país, en Venezuela están regulada por una Ley (Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras) y el Banco Central de Venezuela quien regula las tasas activas y pasivas mediante el cual trabajan los bancos y de estas obtienen sus recursos no solo para obtener las ganancias para sus accionistas sino también para poder ampliar su gama de servicios que esta ofrece a sus clientes dentro y fuera del país.

D) Aportes
El articulo mostrado hace mención acerca de la situación que presenta en la actualidad una institución bancaria que opera en Venezuela Stanford Bank, la cual fue intervenida por el MPP para las Finanzas y Sudeban tras producirse un retiro masivo por parte de los ahorrista de sus fondos tras una estafa millonaria sufrida por la casa matriz de la misma a nivel internacional. Aquí podemos apreciar cómo el gobierno a través de sus organismos facultados por la Ley para ellos tomo el control de esta entidad financiera con la finalidad de proteger los fondo de una gran cantidad de ahorrista y así evitar una situación similar a la que se produjo en 1994 con la crisis bancarias de aquel entonces que genero la perdida de los ahorros de muchísimas personas.
Así mismo se hace mención a que la Asamblea revisara en profundidad la actual Ley de bancos esto debido a que cuando se decretó en 2001 sustituyendo a la de 1994, incluyó la creación de un nuevo tipo de banca como lo son los bancos de desarrollo, entre los que destacan Bangente y Banmujer cuya función primordial es otorgar microcréditos a pequeños comerciantes, y así impulsar el crecimiento social y económico de sectores que no fueron completamente atendidos en el pasado, un buen ejemplo de esto es Banmujer cuyo objetivo a sido otorgar microcréditos a mujeres en situación de pobreza y así incorporarlas a una actividad productiva. Esta revisión es importante porque es necesario mencionar que actualmente en Venezuela existen entidades financieras de distintos tamaños a las cuales no se les puede exigir y medir en igual proporción. Igualmente es necesario la revisión dada que la situación económica actual del país a presentado grandes cambios por lo cual hace necesaria adapta a las exigencias económicas que se viven en la actualidad.
Estos nos permite decir que la banca hoy en día en Venezuela es estable ya que cuenta con una Ley y diferentes entes del Estado preparados para actual a la hora que se presente una situación similar a la que presento Stanford Bank y lo cual hubiera propiciado la perdida de la confianza del publico en la banca del país, con lo cual habría producido un debilitamiento en la imagen de la banca y propicia de esta forma una situación no igual, pero parecida en una proporción muy pequeña a la ocurrida en Venezuela en 1994.

Mapa Conceptual

Funciones:
• Regular las tasas de interés.
•Administra las reservas internacionales.
• Promover la liquidez del sistema financiero.
• Regular el mercado de divisas.
Banco Central
de Venezuela

Bancos
Comerciales

Operaciones Activas:
Producen entradas o in-
gresos al banco que las
realiza.

Operaciones Pasivas:
Representan costos
para los bancos
Servicios que ofrece la
Banca:
•Otorgamiento de fianzas.
•Servir de agentes recaudadores
de impuestos nacionales, estadales y municipales.
• Tarjeta de crédito.
•Autobanco.
•Consulta telefónicas de cheques.
•Cajeros automáticos con múltiples usos.
• Pagos de servicios de la luz eléctrica, teléfonos, aseo urbano.
• Pagos en el exterior de tarjetas de crédito.





Operaciones Activas:
•Concesión de pagares.
•Anticipos.
•Descuentos.
•Líneas de Crédito.
•Créditos en cuenta
corriente.
•Créditos al sector agro-
pecuario.
•Otros crédito.
•Inversiones en valores
e inmuebles.



Operaciones Pasivas:
•Depósitos a la vista.
•Depósitos de Ahorro
•Depósitos a plazo.
•Depósitos especiales.
•El reparto pasivo.
•Depósitos en moneda
extranjera.

Para elegir Instrumentos para Colocar Fondos

1. Leer la política de Inversión del fondo.
2. Examinar el historial de los últimos 5 años de fondo.
3. Elegir un fondo que este ligado a la rentabilidad.
4. Si se invierte en fondos mixtos hay que asegurarse
que se realiza una gestión activa de la renta fija.

CONCLUSIÓN

Dentro del sistema financiero nacional se encuentran las instituciones financieras que presentan sus servicios, para lograr en materia de finanzas, ayudar a terceros en el incremento del aparato productivo, renglón necesario para el desarrollo comercial e industrial que obviamente necesita el país.

La banca como intermediador financiero en la economía de un país dispone de instrumentos y herramientas que dinamizan la economía del país, regulados por los entes gubernamentales como el Banco Central de Venezuela quien juega un papel muy importante en la implementación de políticas monetarias necesarias para el desarrollo económico del país. De igual manera la banca debe enfrentar los múltiples cambios que presenta la economía mundial como lo es la globalización, actualización de tecnologías, calidad de servicio, competitividad, que deben tomar en cuenta para la prestación de sus servicios y de las distintas operaciones que realizan en el mercado financiero.

La capacidad del sistema financiero para desempeñar en forma adecuada su función de captar ahorros y posteriormente transferirlos de manera eficiente a los inversionistas privados, depende de un modo fundamental del eficaz control del dinero y el crédito. La economía de libre mercado podrá funcionar en un futuro en la medida en que los trastornos monetarios no provoquen una fluctuación abrupta en los precios de los bienes y servicios y así se mantiene la confianza del público en la solvencia de los bancos.

Como vimos en el contenido de este trabajo la banca se ve incursa entre las llamadas tasas activas y pasivas, las cuales son reguladas por el Banco Central de Venezuela y de las cuales se derivan sus productos y servicios que esta ofrece a sus cliente y de las cuales las activas son mayores que las pasivas y de la diferencias entre ambas es que los bancos logran cubrir sus gastos operativos y general dividendos a sus accionistas.

BIBLIOGRAFÍA
Altina Sebastián González, Joaquín López Pascual, Gestión Bancaria: los nuevos retos en el entorno global, Editorial Mc Graw Hill, España, 2001.
Carlos Acedo Mendoza, Alfredo Acedo Machado, Instituciones financieras, Editorial Mc Graw Hill, Colombia, 1999.
Julio Cesar Torres, Curso de Formación Profesional Bancaria, Libros del Nacional, Venezuela, 2006.
Ley del Banco Central de Venezuela, 2002.
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Consultas en la WEB:

www.bcv.gov.ve

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